En cumplimiento del deber genérico de protección, el empresario debe adoptar las medidas necesaria para la actuación en casos de emergencia y riesgo grave e inminente.


Teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.



   

Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.


La preparación, redacción y aplicación de planes de emergencia interior (manuales de autoprotección), comprenden la organización de los medios humanos y materiales disponibles para la prevención de los posibles riesgos, así como para garantizar la evaluación e intervención inmediata.

La metodología trata de establecer con claridad qué hay que hacer, cuándo hay que hacerlo, cómo y dónde se hará, además de establecer responsables con funciones claramente definidas